La concesión de nacionalidad a los sefardíes


La Ley 12/2015 de 24 de junio tiene como fin principal regular los trámites que permiten la concesión de nacionalidad a los sefardíes en España


En primer lugar, conviene destacar que se denominan sefardíes a los judíos que vivieron en la Península Ibérica y, en particular, a sus descendientes; aquellos que tras los edictos de 1492 estaban obligados a convertirse a la religión cristiana o, en su defecto, tenían que abandonar España.

Los sefardíes, además, fueron artífices del desarrollo de numerosas comunidades en el territorio español, entre las cuales destacan Ávila, Burgos, Córdoba, Granada, Jaén, León, Málaga, Segovia, Sevilla, Soria, Toledo, Tudela, Vitoria, Calahorra, Zaragoza, Gerona, Barcelona, Tarragona, Valencia y Palma de Mallorca, así como algunas poblaciones como Lucena, Hervás, Ribadavia, Ocaña y Guadalajara. Este hecho pone de manifiesto, por tanto, el evidente arraigo de la comunidad sefardí en España, pues antes de su expulsión habían vivido en el territorio aproximadamente 1.500 años.

A consecuencia de esta situación y en aras de reconocer dicho arraigo, actualmente los sefardíes tienen la posibilidad de solicitar la nacionalidad española. Para ello es necesario que se aporte una serie de documentación acreditativa de la condición de judío, así como certificar la especial vinculación con España. No obstante, además de aportar la información señalada anteriormente, es importante destacar que el solicitante deberá superar una serie de pruebas de idioma y cultura españolas. En concreto, la primera prueba tendrá como fin principal acreditar el conocimiento básico de la lengua española por parte del solicitante, así como el conocimiento de la Constitución Española y de la realidad social y cultural del país.

La concreción de los requisitos y trámites ha sido recientemente publicada en el B.O.E. mediante la Instrucción de 29 de septiembre de 2015, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre la aplicación de la Ley 12/2015, de 24 de junio, en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España. Para ampliar la información y conocer los detalles proporcionados por el B.O.E., haz click aquí.

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