Nueva modificación de la normativa de autoempleo


La nueva Ley 31/2015, de 9 de septiembre, modifica y actualiza la normativa de autoempleo, adoptándose medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo y de la economía social


Esta nueva normativa de autoempleo regula la posibilidad de obtener autorización por parte de los trabajadores autónomos, económicamente dependientes, para contratar trabajadores por cuenta ajena cuando su actividad pueda verse interrumpida por causas vinculadas a la conciliación de su actividad profesional con su vida familiar y, a su vez, pudiese ocasionar la resolución del contrato con su cliente.

Esta modificación implanta, además, medidas para el fomento del autoempleo, ampliando el colectivo de beneficiarios de trabajadores por cuenta propia de la prestación por desempleo que podrá capitalizar el 100 % de su prestación para destinarla a la inversión necesaria para el ejercicio de la actividad, al eliminar la barrera de edad existente hasta la fecha.

También  se encarga de eliminar la barrera de edad existente a la fecha de entrada en vigor de esta ley, que anteriormente impedía la compatibilización de la prestación por desempleo con el trabajo por cuenta propia durante un periodo determinado.

Entre otras medidas, se incluye la posibilidad de que los trabajadores que se incorporen a sociedades laborales o cooperativas de trabajo asociado de nueva creación, puedan acogerse al derecho de cobrar la prestación por desempleo en un pago único para poder incorporarse como socios a dichas entidades. Asimismo, actualmente los autónomos de cualquier edad podrán compatibilizar, durante un máximo de nueve meses, la prestación por desempleo con alta en el régimen de autónomos.

Por lo que esta nueva legislación deroga el Real Decreto de 2011 que desarrolla el reglamento de la Ley de Protección por cese de actividad.

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