Cómo resolver los seguros de vida


Como sabemos el seguro de vida es aquel mediante el cual el asegurador se obliga con cobro de la prima estipulada y dentro de los límites establecidos en la Ley y en el contrato, a satisfacer al beneficiario un capital, una renta u otras prestaciones convenidas, en el caso de muerte o bien de supervivencia del asegurado, o de ambos eventos conjuntamente.

Pues bien, es práctica habitual que las entidades bancarias junto al préstamo hipotecario de la vivienda habitual, vinculen una serie de productos que entre los cuales, está este tipo de seguro.

Ante esta situación hay que plantearse si realmente beneficia tenerlo suscrito. Es aconsejable observar si constan en la escritura, así como si aparece algún porcentaje de bonificación sobre el tipo de interés variable del préstamo por tener este tipo de productos.

En la generalidad de los casos estas bonificaciones son ínfimas, por lo que es el momento de ponderar si interesa o no mantener este tipo de productos.

Tampoco podemos olvidar que en la mayoría de estos préstamos juega en aplicación la cláusula suelo que no permite la aplicación de ninguna bonificación.

Finalmente si decidimos resolver la póliza de seguro de vida,  tenemos que tener en cuenta que hay que respetar una serie de plazos que marca el artículo 83 a) de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro.

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